Secretaría Comunal de Planificación (SECPLAN)

Director Secretaría de Planificación Comunal
Cristian Hernández Ardura 
chernandez@nuevaimperial.cl
452683115

La Secretaría Comunal de Planificación es una unidad asesora del Alcalde y el Concejo en la elaboración de la estrategia municipal, como asimismo en la definición de  las políticas y en la elaboración, coordinación y evaluación de los planes, programas y proyectos de desarrollo comunal.

La Secretaría Comunal de Planificación deberá cumplir además con las siguientes funciones generales:

1. Asesorar al Alcalde en la elaboración de los proyectos del Plan Comunal de Desarrollo y del Presupuesto Municipal.
2. Evaluar el cumplimiento de los planes, programas, proyectos, inversiones y del Presupuesto Municipal e informar sobre estas materias al Concejo Municipal, a lo menos semestralmente.
3. Efectuar análisis y evaluaciones permanentes de las situaciones de desarrollo de la Comuna, con énfasis en los aspectos sociales y territoriales.
4. Elaborar las bases generales y específicas según corresponda, para llamados a Licitación, previo informe de la unidad competente, de conformidad con los criterios e  instrucciones establecidos en el Reglamento Municipal respectivo
5. Fomentar las vinculaciones de carácter técnico entre las unidades municipales con los servicios públicos y el sector privado en materias propias de su competencia.
6. Recopilar y mantener la información comunal y regional atingente a sus funciones.
7. Elaborar la política de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, la que debería estar contenida en el Plan de Desarrollo Comunal.
8. Evaluar los Planes, programas y proyectos municipales, considerando la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres como criterio de evaluación.
9. Proporcionar a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior, la información que aquella solicite a la Municipalidad de  conformidad a la Ley
10. Adoptar las providencias necesarias para el adecuado cumplimiento de la Ley Nro. 20.285 de Transparencia y acceso a la Información Pública.
11. Cumplir con las demás funciones que la Ley y el Sr. Alcalde le señalen y que sean atingentes a su cargo.

Funciones específicas
La Secretaría Comunal de Planificación deberá preocuparse de la Planificación Económica y Financiera, cuyo objetivo será proyectar la acción financiera de la gestión municipal a través de la formulación de planes, programas y proyectos. Sus funciones serán las siguientes:

1. Estudiar, caracterizar, programar y evaluar el proceso de Desarrollo comunal en sus aspectos económicos y presupuestarios.
2. Formular y proponer, en coordinación con la Dirección de Administración y Finanzas, los proyectos del plan financiero y presupuesto municipal conforme al Plan de Desarrollo Comunal, de manera que implementen los programas y proyectos que este contemple en las áreas sociales, físicas, económicas y, en general, municipales.
3. Integrar el Comité de Hacienda, con el fin de monitorear semanalmente la marcha de Ingresos y Gastos y proponer a la autoridad el ritmo de gastos.
4. Integrar el Comité de Coordinación Financiera Municipal, con el fin de monitorear mensualmente la marcha de Ingresos y Gastos de las áreas de Salud, Educación y Municipio.
5. Presidir el Comité de Inversión Municipal, con el fin de monitorear mensualmente la marcha de la Inversión, tanto de fondos propios como externos de las áreas de Salud, Educación y Municipio.
6. Evaluar el cumplimiento del Plan de Desarrollo Comunal en su aspecto financiero-presupuestario.
7. Supervisar y efectuar el requerimiento presupuestario de las obras y programas en ejecución, en las que se encuentra comprometida la inversión municipal.
8. Diseñar, implementar y mantener archivos de los planes, programas y proyectos elaborados por esta unidad.
9. Procesar la información presupuestaria enviada por la Dirección de Administración y Finanzas, para efectos de la evaluación de la ejecución programática. 
10.Cumplir con las demás funciones que la ley señale o que le encomiende su superior directo o el Sr. Alcalde, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal.

En el cumplimiento de las presentes funciones, la Secretaría Comunal de Planificación, deberá trabajar en coordinación con la Dirección de Administración y Finanzas.

Asesor Urbanista
La Secretaría Comunal de Planificación tendrá adscrito al Asesor Urbanista, con las siguientes funciones:
1. Asesorar al Alcalde y al Concejo en la promoción del desarrollo urbano.
2. Estudiar y elaborar el Plan Regulador Comunal y mantenerlo actualizado, promoviendo las modificaciones que sean necesarias y preparar los planes seccionales para su aplicación.
3. Informar técnicamente las proposiciones sobre planificación urbana intercomunal, formuladas a la municipalidad por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo.
Mientras no se cree el Cargo de Asesor Urbanista, estas funciones deberán ser absorbidas por la Dirección, en coordinación con la Dirección de Obras.

Planificación Social
La Secretaría Comunal de Planificación deberá preocuparse de la Planificación Social con el objetivo de impulsar el desarrollo social de la comuna, a través de la  elaboración de planes, programas y proyectos. Sus funciones serán las siguientes:
1. Estudiar, caracterizar, programar y evaluar el proceso de desarrollo comunal en sus aspectos sociales.
2. Elaborar y proponer programas y proyectos específicos en el área social comunal.
3. Estudiar y proponer las medidas que se requieren adoptar para impulsar el desarrollo social, tendiente al bienestar general de
lapoblación comunal, sin perjuicio de las materias relacionadas con salud, educación y otras, que corresponda a la respectiva unidad.
4. Tomar conocimiento de todas las acciones y proyectos que preparen o estén aplicando en la comuna, en el área social, los Servicios del Estado y el sector privado, a fin de coordinar las acciones sociales en la comuna.
5. Evaluar el cumplimiento del Plan de Desarrollo Comunal en sus aspectos sociales.
6. Colaborar en la elaboración de proyectos municipales para postular a la asignación de recursos del Fondo Social, F.N.D.R. y otros.

En el cumplimiento de las presentes funciones la Secretaría Comunal de Planificación deberá trabajar en coordinación con la Dirección de Desarrollo Comunitario.

Dependen de la SECPLAN:

  • Planificación y Administración

  • Proyectos de Inversión

  • Asesoría Urbana

  • Licitaciones