Control Interno

Director de Control
Óscar Vergara Millar
overgara@nuevaimperial.cl
452683106

La Dirección de Control es una unidad de dependencia directa del Alcalde y tendrá las siguientes funciones generales:

1. Coordinar Auditorías operativas, interna de la Municipalidad con el objeto de fiscalizar la legalidad, eficiencia, eficacia y economicidad de su actuación.
2. Controlar la ejecución financiera y presupuestaria y representar al Concejo Municipal los déficit que advierta en el Presupuesto Municipal.
3. Participar de las diferentes comisiones técnicas que le encomiende el Sr. Alcalde que vayan en resguardo de la transversalidad de la gestión Municipal y correcta ejecución presupuestaria.
4. Representar al Alcalde los actos municipales cuando los estime ilegales, informando de ello al concejo, para cuyo objetivo tendrá acceso a toda la documentación pertinente.
5. Colaborar directamente con el concejo para el ejercicio de sus funciones fiscalizadoras. Para estos efectos, emitirá un informe trimestral acerca del estado de avance del ejercicio programático presupuestario; asimismo, deberá informar, también trimestralmente, sobre el estado de cumplimiento de los pagos por concepto de cotizaciones previsionales de los funcionarios municipales y de los trabajadores que se desempeñan en serviciosincorporados a la gestión municipal, administrados directamente por la municipalidad o a través de corporaciones municipales, de los aportes que la municipalidad debe efectuar al Fondo Común Municipal, y del estado de cumplimiento de los pagos por concepto de asignaciones de perfeccionamiento docente.  En todo caso, deberá dar respuesta por escrito a las consultas o peticiones de informes que le formule un concejal.
6. Asesorar al Concejo en la definición y evaluación de la auditoría externa que aquel pueda requerir en virtud de la ley 18.695.
7. Fiscalizar a las Instituciones y asociaciones municipales, respecto del uso y destino de recursos, municipales, pudiendo disponer de toda la información que requiera para tal efecto.
8. Atender los requerimientos que le formule la Contraloría General de la República, de la que depende técnicamente.
9. Efectuar controles permanentes y sistemáticos a las unidades operativas y administrativas.
10. Realizar comprobaciones de inventarios físicos en forma aleatoria y según planificación interna.
11. Efectuar verificaciones sobre los bienes municipales, y velar por la existencia de mecanismos que aseguren su correcta y eficiente utilización.
12. Integrar el Comité de Hacienda, con el fin de monitorear semanalmente la marcha de Ingresos y Gastos y proponer a la autoridad el ritmo de gastos.
13. Realizar exámenes oportunos a las operaciones económicas y financieras procediendo a representar situaciones que no se enmarquen en el ámbito de la legalidad vigente, y otros que disponga la dirección.
14. Llevar un registro actualizado de Convenios institucionales y velar para que dichos instrumentos públicos incorporen las normas de derecho nacional e internacional con especial énfasis en materia de derechos Indígenas.
15. Adoptar las providencias necesarias para el adecuado cumplimiento de la Ley Nro. 20.285 de Transparencia y acceso a la Información Pública.
16. Cumplir con las demás funciones que la ley señale o que le encomiende su superior directo o el Sr. Alcalde, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal.

Dependen de la Dirección de Control las siguientes unidades:

Unidad Jurídica

Oficina de Procedimientos

Sección de Auditoría y Fiscalización